Así es la nueva prestación para los trabajadores afectados por los incendios: cubre el 70% de la base reguladora durante un máximo de cuatro meses

El Gobierno aprueba este martes una ayuda extraordinaria para los trabajadores afectados por los incendios. En concreto, el Consejo de Ministros dará luz verde al Real Decreto-ley de medidas urgentes de protección laboral y social frente a los incendios forestales de 2026, impulsado por el Ministerio de Trabajo, que incluye una nueva prestación para toda la temporada de incendios.

 La ayuda protegerá a quienes no puedan acudir a su puesto de trabajo por evacuación, labores de limpieza o cuidados  

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El Gobierno aprueba este martes una ayuda extraordinaria para los trabajadores afectados por los incendios. En concreto, el Consejo de Ministros dará luz verde al Real Decreto-ley de medidas urgentes de protección laboral y social frente a los incendios forestales de 2026, impulsado por el Ministerio de Trabajo, que incluye una nueva prestación para toda la temporada de incendios.

Fuentes del departamento que dirige Yolanda Díaz explican que el Real Decreto-ley establece un paquete extraordinario de medidas laborales para proteger a las personas afectadas por los incendios forestales que han motivado la declaración de emergencia de interés nacional, especialmente en la Comunidad de Madrid, Ávila y Toledo, aunque la norma también será aplicable a cualquier incendio que dé lugar a medidas de protección civil durante la campaña de alto riesgo de incendios de 2026.

La nueva prestación extraordinaria del SEPE por emergencia extrema será de naturaleza contributiva y estará destinada a los trabajadores que deban suspender temporalmente su contrato por causas directamente derivadas de los incendios.

En concreto, podrán acceder a esta prestación quienes no puedan trabajar porque no puedan acceder a su vivienda debido a evacuaciones o restricciones decretadas por las autoridades; quienes deban realizar tareas imprescindibles de limpieza, traslado, recuperación de enseres o reconstrucción de su domicilio; quienes necesiten realizar presencialmente trámites administrativos derivados de la emergencia o quienes tengan que atender responsabilidades de cuidado de familiares afectados por los incendios.

La prestación presenta un régimen excepcional, de manera que no exige período mínimo de cotización, equivale al 70% de la base reguladora (que es la proporción equivalente en el cálculo de la prestación por desempleo para los primeros seis meses), tiene una duración máxima de cuatro meses y no consume cotizaciones acumuladas para futuras prestaciones por desempleo.

El decreto impulsado por Yolanda Díaz también refuerza otros derechos laborales. En concreto, incorpora garantías adicionales para evitar perjuicios laborales derivados de la emergencia: «cualquier represalia empresarial por ejercer estos derechos será considerada nula», indican fuentes del Ministerio. Además, se amplía el permiso de fallecimiento. Cuando el fallecimiento tenga relación con los incendios, el permiso retribuido se amplía hasta cinco días hábiles posteriores al sepelio, tanto para trabajadores por cuenta ajena como para socios de cooperativas.

Desde el departamento de Trabajo también aclaran que las medidas tendrán efectos retroactivos desde el 23 de julio de 2026, aunque el decreto entre en vigor tras su publicación en el BOE. «Además, continuarán aplicándose mientras persistan las circunstancias que las justifican, aunque los incendios ya hayan sido extinguidos», asegura el Ministerio.

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