Con la llegada del verano y los termómetros marcando temperaturas récord año tras año, cada vez es más necesario el uso de aire acondicionado para mantener fresca la vivienda. Sin embargo, la instalación del aparato debe respetar los estatutos de la comunidad de vecinos, así como las ordenanzas municipales. De lo contrario, pueden producirse sanciones que llegan a alcanzar hasta los 3.000 euros.
Hay que cumplir las ordenanzas municipales que priorizan la estética del inmueble
Con la llegada del verano y los termómetros marcando temperaturas récord año tras año, cada vez es más necesario el uso de aire acondicionado para mantener fresca la vivienda. Sin embargo, la instalación del aparato debe respetar los estatutos de la comunidad de vecinos, así como las ordenanzas municipales. De lo contrario, pueden producirse sanciones que llegan a alcanzar hasta los 3.000 euros.
La Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 9.1, señala que es obligación de cada propietario «respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos».
Es decir, se debe respetar la fachada, como elemento común del inmueble, por lo que no se podrá instalar el compresor del aire acondicionado, a no ser que haya una autorización expresa de la junta de propietarios.
Pero además, el propietario en cuestión puede chocar con las ordenanzas municipales. Cada vez más ciudades apuestan por proteger el paisaje urbano y prohíben expresamente que estos aparatos sean visibles desde la vía pública, en un intento de potenciar la seguridad y mantener la estética de la fachada. Una situación que suele ser más frecuente en zonas históricas.
Por tanto, las fachadas repletas de compresores de aire acondicionado tienen fecha de caducidad y en este 2026 acaban las moratorias concedidas por los ayuntamiento para adaptar las viviendas a esta normativa.
El propietario que tenga su aire en la fachada de la vivienda puede recibir sanciones, aunque no haya una denuncia previa, ya que si un técnico municipal ve el compresor desde la calle ya puede iniciar el expediente.
Entre las medidas, puede estar la obligación a retirar el aparato, así como pagar una multa que, en sus casos más graves, asciende hasta los 3.000 euros.
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