Los animales de compañía ocupan un lugar fundamental en muchos hogares, con su compañía y su cariño. En España, hay más de 15 millones, de los cuales aproximadamente la mitad son perros (7,5 millones) seguido por los gatos (5,5 millones).
Hay más de 15 millones de animales de compañía en España, de los que la mitad son canes
Los animales de compañía ocupan un lugar fundamental en muchos hogares, con su compañía y su cariño. En España, hay más de 15 millones, de los cuales aproximadamente la mitad son perros (7,5 millones) seguido por los gatos (5,5 millones).
Una presencia permanente que ha obligado en los últimos años a desarrollar una normativa que les proteja y garantice su seguridad. Concretamente, desde el año 2023 está en vigor la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales. En ella, se fijan las condiciones que deben cumplir los propietarios y las sanciones a las que se pueden enfrentar en caso de incumplirlas.
Entre las medidas obligatorias, se encuentra que los animales de compañía no pueden quedarse solos demasiado tiempo (tres días como máximo por regla general y uno en el caso de los perros). Además, se prohíbe expresamente mantener a perros y gatos de manera recurrente en balcones, sótanos o patios.
No es la única obligación, ya que, además, en el caso de los perros se debe contratar un seguro de responsabilidad civil, que debe tener validez durante toda la vida del animal, por los posibles daños a terceros que causen nuestros canes.
- «En el caso de la tenencia de perros y durante toda la vida del animal, la persona titular deberá contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados, que se establecerá reglamentariamente», contempla la ley en el artículo 30.
A pesar de que lo recoja la ley, lo cierto es que ya antes de ella, todos los perros considerados potencialmente peligrosos debían contar con esta cobertura en todo el país, por lo que no es una figura nueva en el ordenamiento español.
De hecho, algunas comunidades autónomas ya habían implantado su obligatoriedad con independencia de la raza.
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