Ya ha entrado en vigor: los ayuntamientos multan con hasta 3.000 euros a los vecinos que tienen la lavadora en el balcón

Muchas veces por falta de espacio en la cocina o, simplemente, para ganar unos metros extra se instalan las lavadoras en el exterior de la vivienda, preferentemente en el balcón o en la terraza. Una decisión que nos puede resultar cómoda, pero que también puede causarnos problemas con el resto de los vecinos, especialmente en los meses veraniegos.

 Los problemas suelen venir derivados del ruido, especialmente en el horario nocturno  

Muchas veces por falta de espacio en la cocina o, simplemente, para ganar unos metros extra se instalan las lavadoras en el exterior de la vivienda, preferentemente en el balcón o en la terraza. Una decisión que nos puede resultar cómoda, pero que también puede causarnos problemas con el resto de los vecinos, especialmente en los meses veraniegos.

Con las temperaturas altas, es habitual que las ventanas estén abiertas muchas más horas, por lo que el ruido de la lavadora puede ser molesto para todas aquellas personas que residen en las viviendas cercanas a la nuestra.

Concretamente, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) en su artículo 7.2 señala que «al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas».

Es decir, la propia LPH señala directamente que los propietarios de las viviendas no pueden hacer actividades molestas o nocivas que afecten al resto de vecinos. Y poner la lavadora, especialmente a determinadas horas, puede cumplir esta condición.

Cabe recordar que el centrifugado de este electrdoméstico puede alcanzar fácilmente los 70 decibelios, mientras que las regulaciones municipales suelen establecer el límite de ruidos muy por debajo de esa cifra. Concretamente, la regla general permite entre 35 y 40 decibelios durante el día y entre 25 y 30 por la noche.

Por tanto, las ordenanzas vigilan muy de cera estos límites y, en caso de quejas, la policía puede realizar las correspondientes mediciones y actuar.

No hay una sanción general, sino que cada ayuntamiento fija las suyas en función de la gravedad de lo acontecido. Sin embargo, las multas pueden llegar hasta los 3.000 euros en los casos más greves o cuando hay una reincidencia, por lo que es importante ajustarse a los límites.

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