María Eugenia Prendes: “Laura Cruz había dicho que sabía que no iba a parar hasta matarla. Eso es algo tan rotundo que tiene que ser lo primero que tengamos en la cabeza”

María Eugenia Prendes coge el teléfono desde el norte de España. Está en Oviedo, en Asturias, donde nació hace 65 años y donde se ha marchado este mes de agosto que, en principio, es el mes de descanso para gran parte de las instituciones. Pero no estos días, no del todo para ella, que es, desde mayo de 2025, la fiscal de Sala de Violencia sobre la Mujer. Accede a esta entrevista, por teléfono, porque fue también la fiscal al principio del procedimiento del caso de Laura Cruz y Dámaso Fernández. Él, ya exguardia civil, el pasado miércoles, se saltó la orden de alejamiento que tenía activa y se coló en el cuartel de Llanes en el que hacía muchos años había vivido con ella y en el que habían nacido los tres hijos de ambos. Fue hasta allí solo para asesinarla. Laura tenía 50 años y él, que acabó abatido para evitar que siguiera disparando a quien se iba encontrando en su huida, 49.

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 La fiscal de sala de Violencia sobre la Mujer fue también fiscal en el juicio a Dámaso Fernández por violencia machista contra Laura Cruz, a la que el ya exguardia civil asesinó el pasado miércoles en el cuartel del Instituto Armado en Llanes  

María Eugenia Prendes coge el teléfono desde el norte de España. Está en Oviedo, en Asturias, donde nació hace 65 años y donde se ha marchado este mes de agosto que, en principio, es el mes de descanso para gran parte de las instituciones. Pero no estos días, no del todo para ella, que es, desde mayo de 2025, la fiscal de Sala de Violencia sobre la Mujer. Accede a esta entrevista, por teléfono, porque fue también la fiscal al principio del procedimiento del caso de Laura Cruz y Dámaso Fernández. Él, ya exguardia civil, el pasado miércoles, se saltó la orden de alejamiento que tenía activa y se coló en el cuartel de Llanes en el que hacía muchos años había vivido con ella y en el que habían nacido los tres hijos de ambos. Fue hasta allí solo para asesinarla. Laura tenía 50 años y él, que acabó abatido para evitar que siguiera disparando a quien se iba encontrando en su huida, 49.

A Prendes no le hace falta hacer demasiada memoria. Le es fácil ubicar aquel proceso entre los cientos que ha llevado desde que comenzó en 1988 y lo incomprensible de muchas decisiones en todos los años que se alargó, entre 2019 y 2025. Esta conversación se produce el viernes 7 de agosto por la mañana; han pasado casi dos días desde el asesinato de Laura y afirma que lleva dos días sin poder pensar en otra cosa.

Pregunta. ¿Cómo recuerda el caso?

Respuesta. Recuerdo que nos pareció un caso alarmante. Nos preocupó mucho por lo que estaba pasando Laura. No solo por el ataque de 2019 en el cuartel de la Guardia Civil, sino por lo que se venía desarrollando anteriormente: la inmensa cantidad de denuncias que él le había puesto, cómo estaba entorpeciendo su vida diaria permanentemente con temas de visitas de los menores. Cómo se estaba gestionando esa separación era muy preocupante.

P. ¿Percibieron ya ahí actitudes habituales en los agresores machistas?

R. Respondía a un patrón, sí, el de la conducta procesal que tuvo y que se alargó en el tiempo. Cuando veía que ocurría algo que amenazaba el control que él quería tener sobre ella y los hijos, reaccionaba, ¿cómo?, con esa batería de denuncias que le interpuso, con el desgaste tremendo que supone para la víctima, que tiene que hacer su vida y atender a todo ello.

P. La Fiscalía pidió siempre, entendiendo esa conducta como un acoso y una violencia psicológica continuada, que se le condenara por maltrato habitual, pero nunca ocurrió.

R. Lo de siempre: lo más sencillo de probar es la violencia física. En este caso, los golpes de esa agresión brutal de 2019, con testigos presenciales, etcétera. El acoso, el maltrato habitual, tiene un componente psicológico que es más difícil de probar en un juicio; son conductas más sutiles para las que es necesario hacer un esfuerzo argumentativo extra para explicarlo, para que se entienda. En cualquier caso, sí existía la testifical directa, es decir, el testimonio de Laura, y una serie de pruebas e indicios, muchísimos, que podían perfectamente haber sustentado la condena por el delito de maltrato habitual y el de acoso. Estaba justo recordando la primera sentencia que se recurrió.

P. ¿Por qué?

R. Porque para el Ministerio Fiscal hubo un error en la valoración de la prueba. Se ve, como muchas veces, que se escoge casi lo que favorece la tesis absolutoria del delito de acoso y no la condenatoria. Y en este sentido, importan mucho los sesgos interpretativos, los estereotipos que podamos tener cada uno de nosotros y a los que desde luego ningún operador jurídico es ajeno.

P. ¿Puede poner un ejemplo de lo que recogió y no la sentencia?

R. Por ejemplo, se recoge que al acusado no le estaba permitida la entrada en el cuartel de Llanes, pero no se dice nada de que era por todos los incidentes que había, por las actitudes de él, por el miedo que tenía la víctima.

P. Se explica muchas veces que las víctimas tienden a infravalorar el peligro en el que ellas mismas están, ¿pero cree que a veces pasa lo contrario, que se minusvalora el miedo de las mujeres cuando denuncian?

R. Sí, lo creo. Se dice que el miedo es subjetivo e irracional. Irracional nunca es, subjetivo sí, efectivamente, porque es el sujeto el que lo padece, en este caso las mujeres. Son ellas las que lo sienten y las que mejor lo pueden expresar. Creo que debemos atender a ese componente de miedo, analizar cómo ejerce influencia sobre ellas y cómo ellas responden o qué cosas han dejado de hacer por ese miedo para tener una correcta valoración del riesgo. Laura había dicho que sabía que no iba a parar hasta matarla. Eso es algo tan rotundo que tiene que ser lo primero que tengamos en la cabeza, porque cuando las mujeres dicen eso, desgraciadamente en muchos casos tienen razón, y son ellas las que lo viven, no somos nosotros, desde fuera.

P. ¿Ocurre igual con la violencia económica? ¿Es algo que todavía no se entiende en su conjunto? En este caso no se percibió en ningún momento que el impago de los gastos normales del hijo y las hijas, de la hipoteca que tenían en común y el endeudamiento al que él la sometía a ella era un arma más para ejercer violencia machista.

R. Efectivamente. En este caso, para el agresor era una herramienta más para entorpecer su vida y para no permitirle seguir adelante, incluso perjudicando el presente y el futuro de sus hijos. Para él ya era también el único vínculo y la única manera de seguir intentando tener un control sobre su víctima. En general, en las separaciones y divorcios, el tema económico y el de las custodias de los hijos no son jamás temas menores; son los más conflictivos. Al menos en este caso se consiguió suspender la patria potestad.

P. Se refiere a uno de los fallos judiciales de este caso, en el que no se quería retirar, ¿es correcto?

R. Sí. A raíz de la segunda sentencia, que nuevamente fue recurrida por el Ministerio Fiscal porque, pese a todo, se dice literalmente en una frase que no hay razón para privar de la patria potestad al agresor. Sin añadir ninguna argumentación más. Por eso siempre hay que estudiar y entender bien los contextos de cada caso. Quien en este caso sí entendió ese contexto, el de la violencia económica, me refiero, fue la Guardia Civil, que hizo un atestado profuso y contundente.

P. Sin embargo, la justicia no vio motivos suficientes para reactivar la petición de ella de que se le volviera a activar la pulsera antimaltratadores, tras los últimos problemas con la hipoteca, siendo ella misma quien explicó que eso era violencia económica.

R. Sé que siempre a toro pasado es muy fácil ver lo que se tendría que haber hecho. A la vez, es también cierto que a veces es imposible llegar a la conclusión de que existe un riesgo objetivo con los elementos que se tienen en un momento concreto. ¿En este caso podría haberse reactivado la pulsera? Sí, porque además era una medida que no limitaba más la vida de nadie. Vivían a más de 300 kilómetros, él en Zamora, ella en Llanes; tenía la prohibición de aproximarse activa,¿en qué hubiese perjudicado?

P. El mismo día que Dámaso asesinó a Laura otro hombre, también condenado y también con orden de alejamiento en vigor, asesinó a su expareja en un centro comercial en Murcia. ¿Podría la Justicia tomar decisiones desde un punto de vista más estricto a la hora de imponer medidas, eso que algunos llaman pecar por exceso que por defecto?

R. Por supuesto. Eso es un principio de precaución básico. En el caso de Laura, había una denuncia penal, una condena, una ruptura con una situación enconada que se alargaba en el tiempo. No meses, no. Años. Eso tiene que ser una alarma tremenda de riesgo grave. En estos casos, como el de Laura: primero protege y luego investiga. Primero activa medidas para protegerla a ella y después trabaja en ver qué hay y qué no. ¿Se hubiese podido evitar el asesinato? Quizás no, porque eso también es algo de lo que hemos de ser desgraciadamente conscientes, que hay veces que no se pueden evitar de ninguna manera, pero tú ya habrías puesto una barrera de protección más. Una pulsera activa ya es una barrera más.

P. Y ninguna mujer de las casi 24.000 que la han llevado en España desde 2009 ha sido nunca asesinada con ese dispositivo.

R. Ninguna. Ahora mismo la tienen activa 4.366. Con los casos que estamos viendo, creo que hay que ponerse más en posición de protección. Y hay que prolongar la protección más allá de las sentencias, estudiar cada caso y encontrar la manera, como sea, de intentar siempre hacer algo más, de hacerlo cada vez mejor.

En lo que va de año, 36 mujeres han sido asesinadas por sus parejas o exparejas. Desde que arrancó la estadística oficial, en 2003, son 1.377 mujeres. Y ascienden ya a 26 los huérfanos y huérfanas menores de edad que se registran este año por esta violencia, 536 desde que se contabilizan, en 2013.

El teléfono 016 atiende a las víctimas de violencia machista, a sus familias y a su entorno las 24 horas del día, todos los días del año, en 53 idiomas diferentes. El número no queda registrado en la factura telefónica, pero hay que borrar la llamada del dispositivo. También se puede contactar a través del correo electrónico 016-online@igualdad.gob.es y por WhatsApp en el número 600 000 016. Los menores pueden dirigirse al teléfono de la Fundación ANAR 900 20 20 10. Si es una situación de emergencia, se puede llamar al 112 o a los teléfonos de la Policía Nacional (091) y de la Guardia Civil (062). Y en caso de no poder llamar, se puede recurrir a la aplicación ALERTCOPS, desde la que se envía una señal de alerta a la Policía con geolocalización.

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